¿Qué es el Portal de Transparencia?

Es la plataforma web que el Ayuntamiento de La Oliva pone a disposición de la ciudadanía para la exposición pública de información relevante cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.

La información de transparencia se encuentra organizada por los ámbitos temáticos establecidos por la Ley Canaria 12/2014. de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

¿Qué información se publica en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de La Oliva?

La información que tiene el Portal de Transparencia tiene que ver con la normativa propia local (ordenanzas en vigor), declaración de bienes y actividades de los cargos públicos, trámites y servicios, además de información económica y presupuestaria.
Si el ciudadano está interesado en otro tipo de información que no esté disponible en el Portal de Transparencia, podrá ejercer el derecho de acceso a la información que contempla la Ley de Transparencia.

¿Cuál es la información pública que el ciudadano puede pedir y que es objeto del derecho de acceso?

Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Ayuntamiento de La Oliva y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

¿Quién puede solicitar información?

Podrán ejercer su derecho de acceso a la información todas las personas, en los términos previstos en el artículo 105.b de la Constitución española.
Las personas jurídicas podrán así mismo ejercer su derecho de acceso.

¿Se puede pedir cualquier información?

Sí, pero el derecho de acceso tiene límites cuando suponga un perjuicio para:

   • La seguridad nacional.
   • La defensa.
   • Las relaciones exteriores.
   • La seguridad pública.
   • La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios.
   • La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva.
   • Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control.
   • Los intereses económicos y comerciales.
   • La política económica y monetaria.
   • El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial.
   • La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión.
   • La protección del medio ambiente.

La aplicación de los límites será justificada y proporcionada a su objeto y finalidad de protección y atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente a la concurrencia de un interés público o privado superior que justifique el acceso.

¿Cómo se ejercer el derecho de acceso a la información pública?

Debe dirigirse por escrito al Ayuntamiento de La Oliva, de manera presencial o telemática en los supuestos contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, a través de una solicitud en el que hará constar sus datos y la información que solicita.
El solicitante no está obligado a motivar su solicitud de acceso a la información. Sin embargo, podrá exponer los motivos por los que solicita la información y que podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución. No obstante, la ausencia de motivación no será por si sola causa de rechazo de la solicitud.

¿Y si no quedo satisfecho?

Los ciudadanos y las personas jurídicas pueden presentar, sin coste alguno ni necesidad de abogado o representación jurídica, reclamaciones contra las resoluciones, expresas o presuntas, de las solicitudes de acceso a la información que se dicten en el ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia por el Gobierno de Canarias, Cabildos y Ayuntamientos y por sus entidades dependientes.
Pueden presentar la reclamación de forma previa a la impugnación en vía contencioso-administrativa.
Más información en el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias.